El Canal de Denuncias constituye un espacio seguro, a través del cual una persona física, en el ámbito de su actividad profesional, puede denunciar las infracciones previstas en el artículo 2 de la Ley 93/2021, de 20 de diciembre.
Para garantizar la confidencialidad y el anonimato, las denuncias deberán realizarse a través del canal de comunicación habilitado al efecto. En el ámbito del Canal de Denuncias, se consideran las siguientes infracciones:
1. Actos u omisiones contrarios a las normas contenidas en los actos de la Unión Europea a los que se refiere el Anexo de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, a las normas nacionales que desarrollen, transpongan o cumplan dichas normas leyes o cualesquiera otras normas contenidas en los actos legislativos de ejecución o transposición de las mismas, incluidas las que prevén delitos o infracciones administrativas, referidas a las materias de: La contratación pública; Lavado de dinero; seguridad y cumplimiento del producto; seguridad del transporte; Protección del medio ambiente; Seguridad de alimentos y piensos, sanidad animal y bienestar animal; Salud pública; Protección de los consumidores; Protección de la privacidad y de los datos personales; Seguridad de redes y sistemas de información.
2. Actos u omisiones contrarios y lesivos a los intereses financieros de la Unión Europea a que se refiere el artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE);
3. Actos u omisiones contrarios a las normas del mercado interior a que se refiere el apartado 2 del artículo 26 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, incluidas las normas de competencia y ayudas de Estado;
4. Los delitos previstos en el artículo 1, nº 1 de la Ley nº 5/2002, de 11 de enero; 5. Los actos u omisiones que contravengan el objeto de las reglas o normas a que se refieren los incisos 1) a 3 anteriores).
Las quejas pueden referirse a:
- El delito ya cometido;
- El delito que se está cometiendo;
- La infracción cuya comisión sea previsible;
- Intentar ocultar tal infracción.
El Canal de Denuncias permite la presentación de denuncias internas o externas. El Canal de Denuncias es un medio seguro de comunicación y permite el anonimato de las denuncias. Tiene un carácter fundamentalmente preventivo y se basa en un sistema de gestión de denuncias diseñado para garantizar la confidencialidad durante todo el proceso.
Así, los denunciantes, siempre que cumplan las condiciones establecidas en el Régimen General de Protección de Denunciantes, aprobado por la Ley número 93/2021, de 20 de diciembre, se benefician de la protección legalmente conferida, a saber, la prohibición de actos de represalia. . La identidad del denunciante sólo se revelará como resultado de una obligación legal o una decisión judicial.
Para presentar su denuncia, deberá utilizar los siguientes medios: Por correo postal - Por escrito dirigido a la atención del Responsable del Canal de Denuncias a la dirección de la sede de la empresa.